Las empresas en ERTE o con ayudas por la DANA deben devolverlas si despiden

Nuevo escudo laboral para proteger a los trabajadores afectados por la DANA

Recientemente, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un segundo paquete de medidas dirigido a los afectados por la DANA, conocido como el ‘escudo laboral’. Esta iniciativa tiene como objetivo proteger a aproximadamente 400.000 trabajadores y salvar alrededor de 30.000 empresas que se han visto afectadas por las inclemencias del tiempo.

¿Qué implica el escudo laboral?

El ‘escudo laboral’ establece que las empresas que se beneficien de las ayudas directas relacionadas con la DANA no podrán despedir a sus empleados por causas de fuerza mayor o por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) derivadas de esta situación. Esto significa que, si una empresa incumple esta normativa, deberá devolver las ayudas recibidas y el despido será considerado nulo. Además, en el caso de contratos fijos-discontinuos, las causas derivadas de la DANA no justificarán la finalización del periodo de actividad ni la falta de llamamiento.

Protección para cooperativas y trabajadores en ERTE

Las cooperativas también están incluidas en este escudo, ya que no podrán reducir de forma definitiva su número de puestos de trabajo ni modificar las cualificaciones profesionales de sus integrantes por las causas mencionadas. Por otro lado, los trabajadores incluidos en ERTE debido a la DANA tendrán derecho a una prestación económica equivalente al 70% de su base reguladora, sin necesidad de haber cotizado un periodo previo. Esto es un alivio significativo para aquellos que han visto reducida su jornada laboral o su contrato suspendido.

Iniciativas para la recuperación y el empleo

Como parte de este paquete de medidas, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinará 50 millones de euros para financiar la contratación de desempleados en los municipios afectados por la DANA. Esta acción tiene como objetivo no solo ayudar a los trabajadores sin empleo, sino también contribuir a la reconstrucción de las áreas devastadas. Es un círculo virtuoso: se crea empleo mientras se restablecen las comunidades dañadas.

Flexibilidad y derechos laborales durante la crisis

El trabajo a distancia se ha convertido en una modalidad preferente para las empresas afectadas, siempre que las condiciones de comunicación lo permitan. Esta opción también se extiende a los trabajadores de cooperativas, quienes podrán beneficiarse del teletrabajo, aun si sus estatutos no lo contemplan. En caso de que no sea posible trabajar desde casa, se otorgarán permisos retribuidos a los empleados, garantizando el 100% de su salario sin que deban recuperar las horas no trabajadas. Esto es un cambio importante respecto a las políticas aplicadas durante la pandemia, donde los permisos eran recuperables.

Permisos retribuidos y atención a la familia

Los trabajadores podrán acceder a permisos retribuidos en diversas situaciones, como cuando su desplazamiento al trabajo represente un riesgo para su seguridad o cuando deban atender la búsqueda de familiares desaparecidos. Además, se reconoce como justificadas las faltas de puntualidad o interrupciones en la jornada laboral que surjan de estas circunstancias. También se ha introducido una prestación extraordinaria para empleadas del hogar, que les permitirá acceder a un 70% de su base reguladora sin necesidad de haber cotizado previamente.

Plan Mecuida: conciliación familiar en tiempos de crisis

En un esfuerzo por facilitar la conciliación laboral y familiar, se ha puesto en marcha el ‘Plan Mecuida’. Este plan permitirá a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral hasta el 100% para atender a menores y otros familiares. Es un enfoque que refleja una necesidad cada vez más urgente en tiempos de crisis. Cada trabajador podrá solicitar adaptaciones razonables y proporcionadas en sus condiciones laborales, desde cambios de turno hasta horarios flexibles.

Derechos y justificaciones en el contexto actual

Los derechos establecidos en el ‘Plan Mecuida’ estarán sujetos a justificación, teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada trabajador y las exigencias de la empresa. Si un trabajador ya cuenta con una reducción de jornada, podrá modificar los términos de esta solicitud temporalmente para adaptarse a la emergencia. Este enfoque flexible y humano es esencial para navegar las complicaciones que surgen en situaciones extraordinarias como la DANA.

Extensión del escudo laboral a la economía social

Finalmente, es importante destacar que el ‘escudo laboral’ no solo se aplica a empresas tradicionales, sino que también se extiende a las entidades de la economía social, como cooperativas y sociedades laborales. Esta inclusión es fundamental para garantizar que todos los trabajadores, sin importar su forma de empleo, tengan acceso a las mismas medidas de protección y apoyo durante esta crisis.

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